EnglishPara poder protestar pacíficamente en Venezuela, se necesitará una autorización expresa de la Alcaldía o de la Gobernación. Así lo estableció ayer el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de ese país, al asegurar que el derecho a la manifestación “no es un derecho absoluto”, y que las personas que cierren una calle para hacer oír sus reclamos podrán ser dispersados por la policía y procesados por el Ministerio Público por desobediencia.
Para el TSJ se debe “asegurar el derecho al libre tránsito”, lo que justificaría, dispersar cualquier congregación no autorizada. Las fuerzas policiales locales, según explica el fallo redactado por el juez Arcadio Delgado, tienen “la obligación de coadyuvar con el resto de los cuerpos de seguridad en el control del orden público que resulte alterado con ocasión del ejercicio ilegal del derecho a la manifestación”.
Además de autorizar o no una protesta, los alcaldes, gobernadores y los jefes de distrito tienen la potestad de modificar las peticiones que formulen los ciudadanos venezolanos. Según el dictamen, “la primera autoridad civil de la jurisdicción –donde se desee realizar la concentración, manifestación o reunión pública– no se encuentra limitada a los términos en que se efectúe la solicitud, pudiendo no solo negar la autorización, sino también modificarla en caso de acordarla o autorizarla en cuanto a la indicación del lugar y el itinerario escogido (el día y hora)”.
Este fallo ocurre días después de que los líderes estudiantiles acordaran marchar hacia el centro de Caracas, independientemente de que el alcalde Jorge Rodríguez les otorgara dicha autorización o no.
Fuente: El Universal.