Tras 12 años de espera, el Estado venezolano perdió una vez más ante los tribunales internacionales, luego de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) declarará culpable al régimen chavista tras discriminar políticamente a tres venezolanas que aparecían en la denominada “Lista Tascón“.
La Lista Tascón fue una recolección de firmas de 2003 y 2004 para solicitar la renuncia del entonces presidente de Venezuela, Hugo Chávez, petición que condujo en definitiva al referendo revocatorio de 2004. Antes y luego del referendo la lista fue usada por el Gobierno para discriminar a los opositores, luego de que fuera publicada en Internet por el diputado oficialista Luis Tascón.
Mariano De Alba, abogado venezolano especialista en derecho internacional y relaciones internacionales, señaló a PanAm Post la importancia de dicho precedente judicial.
“Es muy importante porque es el reconocimiento expreso de la responsabilidad internacional del Estado venezolano al haber adelantado una iniciativa tan nefasta como la Lista Tascón, la cual ha sido declarada violatoria de los derechos humanos”, señaló.
“El régimen de Nicolás Maduro (y el Gobierno de Hugo Chávez) se han negado a cumplir las sentencias de la Corte Interamericana, pero una vez que se recupere la democracia en Venezuela, el Estado venezolano deberá cumplir la sentencia, indemnizar a las víctimas y buscar asegurar que no vuelva a ocurrir algo como esa lista tan nefasta que desconoció los derechos políticos de muchos venezolanos, los discriminó y en algunos casos les destruyó su vida y lo que habían conseguido con tanto trabajo y esfuerzo”, agregó.
De Alba explicó que el incumplimiento de dicha sentencia genera responsabilidad personal a los funcionarios que no la cumplan, pero aclaró que mientras las instituciones estén secuestradas en Venezuela no hay nada que se pueda hacer.
“Eventualmente la negativa a cumplir esas sentencias podría ser objetivo de investigación y sanción”, sentenció.
Ahora queda esperar que el chavista Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) reaccione ante la sentencia internacional y la considere “inejecutable“, como lo hizo con otras decisiones judiciales tal y como sucedió en 2015 con el fallo de la Corte IDH a favor del canal de televisión venezolano RCTV, que fue sacado del aire de la mano del presidente Chávez.
1/5 Ha sido un largo y duro camino para 3 mujeres y nuestras familias. Después de 14 años tenemos justicia verdad y reparación con la sentencia de la @CorteIDH contra #ListaTascon #CasoRocioSanMiguel https://t.co/YFs0erLh6g https://t.co/sis0wP53Vi
— Rocío San Miguel (@rociosanmiguel) May 30, 2018
Sobre la Lista Tascon la Corte encontró responsable al Estado de Venezuela por la violación a los derechos políticos y libertad de pensamiento y expresión de Rocío San Miguel Sosa, Magally Chang Girón y Thais Coromoto Peña; quienes trabajaron en el Ministerio de Relaciones Exteriores hasta marzo de 2004, fecha en la que fueron despedidas por firmar la solicitud de revocar al entonces presidente Chávez.
Igualmente, encontró responsable a Venezuela por la desviación de poder y discriminación política que significó la terminación arbitraria de sus contratos laborales.
3/5 A partir de esta sentencia José Vicente Rangel nunca más debe ser mencionado como paradigma de DDHH en Venezuela #ListaTascon #CasoRocioSanMiguel https://t.co/y5TgEl8MDH @CorteIDH pic.twitter.com/XXN1wDwgeB
— Rocío San Miguel (@rociosanmiguel) May 30, 2018
Y es que aunque Chávez retirara a Venezuela de la CIDH (con sede en Washington) y la Corte, este proceso judicial ingresó antes de dicha decisión.
La petición fue interpuesta ante la Corte el 7 de marzo de 2006 por la defensa de las víctimas ante la Corte, lo que significa que pasaron 12 años para conocer que el Estado venezolano es culpable.
Mediante la sentencia, la Corte solicitó que se ordene al Estado reparar adecuadamente a las víctimas en los aspectos material y moral, además de que sean reincorporadas a sus funciones públicas, con excepción de que esta no sea su voluntad. También se ordena pagar una indemnización por daños patrimoniales (pérdidas de ingresos), daños inmateriales y daño al proyecto de vida.
La sentencia señala que el Estado debe adoptar medidas para que los hechos no queden en impunidad y debe pagar cantidades fijadas en miles de dólares a San Miguel, Chang y Peña.
La Corte IDH indica, además, que supervisará el cumplimiento “íntegro” de esta sentencia y que dará por concluido el caso una vez que el Estado “haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto” en ella.
Rocío San Miguel Sosa, una de las afectadas por el despido injustificado por parte del Estado venezolano, quien salió victoriosa tras esta demanda internacional, reaccionó a través de su cuenta en la red social Twitter: “Esta es una sentencia que ayuda a desenmascarar el talante depredador del modelo de poder instalado en Venezuela”.