Una nueva y peligrosa amenaza recae sobre la Asamblea Nacional específicamente sobre la mayoría opositora; esta vez el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) amenazó a los diputados de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) con prisión y despojo de sus curules.
En una sentencia emitida la noche de este lunes 30 de enero, el TSJ a través de la Sala Constitucional calificó de “manifiestamente inconstitucional y subversiva del orden político y social de la Nación” la decisión que el pasado 9 de enero adoptaron los legisladores de declarar que el presidente Nicolás Maduro abandonó su cargo.
La instancia judicial dictaminó que Maduro “se encuentra en el ejercicio continuo, permanente, pleno y absoluto de sus funciones en el ámbito nacional e internacional”.
Seguidamente denunció que la Asamblea Nacional mantiene una “clara, manifiesta y abierta […] rebeldía” que supuestamente busca “alterar la estabilidad de la Nación” y por ello anunció que estudiará aplicarle lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
La norma establece: “Quien incumpliere el mandamiento de amparo constitucional dictado por el Juez, será castigado con prisión de seis (6) a quince (15) meses”.
Esta disposición fue la que la Sala le aplicó en 2014 a los entonces alcaldes de San Cristóbal (Táchira) y San Diego (Carabobo), Daniel Ceballos y Enzo Scarano, respectivamente; para destituirlos y ponerlos tras las rejas durante la ola de protestas que sacudieron al país en ese año.
Aunque los diputados gozan de inmunidad, de acuerdo con el artículo 200 de la Constitución, ese artículo también permite la detención de los legisladores “en caso de delito flagrante” y sería la propia Sala la que debería definir si este caso es flagrante o no.
En el fallo el máximo juzgado también decidió instar a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público, y a la Procuraduría General de la República para que inicien las respectivas actuaciones contra los legisladores que respaldaron la medida contra Maduro.
De este modo, el TSJ prácticamente le ordenó que procese a los diputados opositores por la comisión de los delitos de conspiración, por usurpación de funciones, desviación de poder y por violación de la Constitución.
Solo el primer delito se castiga con hasta 16 años de prisión, de acuerdo con lo previsto en el artículo 132 del Código Penal.
Fuente: Diario Las Américas