El Gobierno colombiano expidió el Decreto 1550 del 28 de noviembre de 2020. Dentro de las modificaciones más importantes que trae está la extensión del cierre de fronteras; este decreto modifica y prorroga el decreto 1168 —del 25 de agosto de 2020—.
El artículo 2 del Decreto 1550 modifica el artículo 9 del Decreto 1168 de 2020, en dicho artículo el gobierno ordena el cierre de fronteras terrestres y fluviales.
Este cierre fronterizo comenzará a regir a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del 1 de diciembre de 2020 hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de enero de 2021. Los pasos fluviales y terrestres que estarán cerrados son los que limitan con Panamá, Ecuador, Perú, Brasil y Venezuela.
Sin embargo, el Gobierno de Colombia está consciente de que hay situaciones que se salen de lo ordinario. Por lo que consagró excepciones a la norma, con la finalidad de proveer herramientas que permitan atender a la población nacional y extranjera.
Estarán exceptuados de la norma, las situaciones de emergencia humanitaria, el transporte de carga y mercancía, y los casos fortuitos o de fuerza mayor. También está exceptuada de la norma la salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros. Siempre y cuando se haga de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.
Vale destacar que las restricciones podrán ser levantadas por el Ministerio del Interior. Siempre y cuando se cuente con concepto previo y favorable del Ministerio de Salud y Protección Social, y se coordine con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Las libertades individuales continúan conculcadas
El decreto en cuestión mantiene conculcadas las libertades individuales de los colombianos. En plena recesión económica, el Gobierno no permitió eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas. Tampoco permitió el funcionamiento de discotecas y lugares de baile, ni el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio.
Consulte el texto completo del decreto aquí.