El presidente Iván Duque objetó seis artículos de la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) basándose en el argumento de paz sin impunidad.
Este escenario se enmarca en el punto medio entre aquellos que piden objetar la ley en su totalidad como lo sugirió el expresidente Álvaro Uribe y los que exigen la sanción presidencial sin objeción. Pese a las objeciones la JEP sigue en funcionamiento, sin embargo, demorará aún más que entre en funcionamiento en su totalidad.
El Presidente @IvanDuque ha ejercido una facultad que le otorga la Constitución. @JEP_Colombia seguirá operando, porque las objeciones no interrumpen su funcionamiento. Las cámaras pueden declararlas fundadas o infundadas. Si una las acepta y la otra no, se archiva el proyecto.
— José Gregorio Hdez G (@josegreghg) March 11, 2019
En concreto, seis de los 159 artículos fueron objetados por el presidente, con el animo de equilibrar la balanza por razones de inconveniencia. Asimismo, anunció que presentará una reforma constitucional para modificar el acto legislativo 01 de 2017, con el propósito de excluir de la justicia especial los delitos sexuales contra niños y adolescentes, imponer la pérdida de beneficios para quien reincida en actividades criminales, y establecer que todas las conductas delictivas que se hayan iniciado antes del 1º de diciembre de 2016 continúen ejecutándose después de esa fecha vayan a la justicia ordinaria.
“He decidido realizar objeciones a seis de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz por razones de inconveniencia e invitar a que el Congreso de la República las debata constructivamente”, dijo.
¿Cuáles son las objeciones?
Para el mandatario colombiano el artículo 7 de la ley estatutaria, no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar de forma integral a las víctimas. Señaló también, la distinción entre una “genuina verdad y una genuina no repetición” con referencia al inciso 8 del artículo 63 y el inciso 3 del literal J del artículo 79.
Juntos, la Rama Ejecutiva, el Legislativo y la Corte Constitucional, podremos reformar y diseñar una Jurisdicción Especial para la Paz que asegure a todos los colombianos genuina verdad, genuina justicia, genuina reparación y genuina no repetición. #JEP pic.twitter.com/2leB46CXLc
— Iván Duque 🇨🇴 (@IvanDuque) March 11, 2019
Según el ejecutivo, el artículo 68 inciso 8 no determina el alcance de la competencia atribuida al Alto Comisionado para la Paz para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de los grupos armados que se sometan a un proceso de paz. Y Segundo, el artículo 79 literal J no precisa las diligencias judiciales que la Fiscalía debe abstenerse de realizar.
“Esto genera una situación que perjudica los intereses de las víctimas y desperdicia valiosos recursos investigativos de autoridades con experiencia y capacidad. Es conveniente definir con mayor precisión cuándo y bajo qué circunstancias las investigaciones contra personas sometidas a la JEP se suspenden en la justicia ordinaria. Esta precisión es necesaria para evitar visos de impunidad y garantizar el derecho a la verdad de las víctimas”, indicó.
Todo lo que debes saber sobre las objeciones anunciadas por el Presidente @IvanDuque a 6 de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz. #LaPazQueNosUne pic.twitter.com/onk8lrt9vo
— Presidencia Colombia 🇨🇴 (@infopresidencia) March 11, 2019
De igual modo, objetó el parágrafo 2° del artículo 19, que refiere a la renuncia de la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra con relación de aquellos que no son máximos responsables. “Esa renuncia a la acción penal es inconveniente porque constituiría impunidad. El Estado no puede renunciar a perseguir a los responsables de los delitos de lesa humanidad sin haber agotado todos, todos los esfuerzos para encontrar la justicia y la verdad”, enfatizó Duque.
Con referencia a la extradición de personas por conductas posteriores a la firma del acuerdo de paz contemplado en el artículo 150, para el Gobierno es inconveniente, ya que no precisa lo que ya fue dicho en la Ley de Procedimiento de la JEP, cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas.
“No hacer esa precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países”, explicó el primer mandatario.
Por último, habló sobre la objeción hecha al artículo 153, “porque condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo. Esto produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros, bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la justicia de otros estados”.
¿Ahora qué sigue?
El paso a seguir luego de la decisión del ejecutivo es que la ley estatutaria regrese al Congreso para que los artículos objetados sean discutidos para su aprobación o negativa. Si el Congreso, tanto Senado como Cámara de Representantes están de acuerdo con las objeciones, los seis artículos serían expulsados de la ley y habría sanción presidencial.
Pero, si por el contrario, el Congreso no acepta las objeciones y el presidente Duque estima no sancionar la ley, sería el turno para el senador Ernesto Macías, presidente del Congreso quien se haga cargo de sancionarla. Cabe recordar que Macías es uribista y fuerte crítico del acuerdo de paz.
#Objeciones 1 El presidente @IvanDuque actuó con sensatez: acompañar seis objeciones a la estatutaria de la JEP con una propuesta de reforma constitucional, era lo indicado. El Congreso tendrá que analizar y discutir si va más al fondo.
— Ernesto Macías Tovar (@ernestomaciast) March 11, 2019
“No hay choque de trenes”
Duque insistió que esta decisión no se trata de un eventual “choque de trenes”, a su juicio, no existe la falsa división entre amigos y enemigos de la paz.
“En primer lugar, no estamos ante un choque de trenes. La Corte Constitucional, corte por la que tengo el mayor respeto, es la guardiana de la Carta Política y sobre los temas de constitucionalidad tiene la última palabra (…) todos los colombianos, con excepción de quienes hoy son incapaces de renunciar a la violencia y dejar sus crímenes, queremos que haya paz en nuestra nación. No existe la falsa división entre amigos y enemigos de la paz. Pero queremos una paz que garantice de manera genuina la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición”, manifestó el primer mandatario anoche, al informarle al país su decisión. Enseguida detalló los argumentos de sus objeciones, artículo por artículo.