En entrevista para el portal El Tiempo, el exmagistrado de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, aseguró que, si el máximo tribunal de la jurisdicción constitucional no falla con independencia, acaba con el Estado de derecho.
La Corte Constitucional mediante el Acto Legislativo 01 de 2016 se le confió la revisión automática de los actos legislativos y de las leyes y decretos que se expidan para implementar el acuerdo Santos-FARC firmado el 24 de noviembre de 2016.
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Según el exmagistrado Hernández la Corte va a examinar en el caso de la Jurisdicción Especial para la Paz el Acto Legislativo número 1 de 2017, que consagró la Justicia Especial de Paz y que desarrolló conceptos básicos para esa jurisdicción especial.
De acuerdo con Hernández, el Acto Legislativo 01 de 2016 estuvo bien implementado en un aspecto puramente formal. Reitera que existe una jurisprudencia decantada por la Corte Constitucional desde el año 2003 en la que se advierte que también el máximo tribunal constitucional tiene la capacidad de realizar un examen de fondo sobre el acto reformatorio de la Constitución, en este caso el Congreso, cabe preguntarse si era competente para reformar la Constitución en el punto respectivo.
Cuando se le pregunta por el Acto Legislativo sustituye la constitución contesta:
“Así es. Es la doctrina que se ha denominado “de la sustitución de la Constitución”. Es decir, a pesar de que no hay cláusulas pétreas en la Constitución del 91, sin embargo, hay una esencia de la Constitución, por ejemplo, con el principio democrático o con el Estado social de derecho.”
Renglón seguido señala que la Corte puede declarar inexequible en todo o en parte el Acto Legislativo 1 de 2017, si encuentra que este sustituye la constitución.
Es vehemente en indicar que la Corte Constitucional debe importarle la constitución del 91 y no el Acuerdo con las FARC, ni con las normas sujetas a revisión.
“El compromiso de ellos es con la Constitución Política de 1991, no con el acuerdo de paz ni tampoco con las normas que están sujetas a revisión. De modo que tienen toda la libertad, y yo creo todo el deber de fallar declarando inexequible lo que encuentren contrario a la Constitución, tanto desde el punto de vista procedimental como en el caso de normas que pretendan sustituir la Constitución.”
Rechaza las consideraciones del Gobierno Nacional y del jefe negociador en la Habana, Humberto de la Calle, en manifestar que la paz es un deber obligatorio, por lo tanto, el Congreso ni el Gobierno establece las funciones de la Corte, es la misma constitución, indica.
“Y creo que cuando el Gobierno pretende que la Corte pase absolutamente todas las normas que está revisando, implica sencillamente que se envían las cosas para dar la apariencia de revisión y de constitucionalidad, y está invitando a los magistrados al prevaricato. Los magistrados no pueden delinquir en el ejercicio de sus funciones. Pasar por encima de las normas constitucionales y declarar exequible lo que encuentran violatorio de la Constitución sería prevaricar.”
Cuestiona el papel de los promotores de la paz en pretender que la Corte no haga su trabajo, satanizando de alguna manera el control constitucional de las normas. “Tanto el Gobierno como muchos miembros del Congreso, no todos, y como quienes han comentado el tema desde la perspectiva académica y periodística, han estado convencidos de ese sentido perverso y mentiroso del control de constitucionalidad.”
Concluye el exmagistrado Hernández que hay normas contenidas en el Acto Legislativo número 1 de 2017 que sustituyen la constitución.
“Por ejemplo, la que independiza por completo la Jurisdicción Especial de Paz de la justicia ordinaria. Se sustituye la Constitución porque se rompe la unidad que está plasmada en la Constitución.”
José Gregorio Hernández fue magistrado de la Corte Constitucional entre 1991 y el 2001 y presidente del tribunal en 1995.
Fuente: El Tiempo