La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) de México emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por haber discriminado y negado pensión por viudez a ocho hombres a los que se les habría impuesto mayores requisitos que los que normalmente se les solicita a las mujeres para poder tener acceso a dicho beneficio.
Luego de haber hecho una revisión de los ocho casos así como la leyes vigentes de 1973 y 1995 del IMSS, la CNDH encontró que al demandar más requisitos a los hombres se les “restringe la posibilidad de contar, en igualdad de circunstancias, con prestaciones familiares vitales para la subsistencia de esas personas”.
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El pasado mes de abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que era obligatorio que el IMSS brindata el beneficio de pensión por viudez a los hombres “en las mismas condiciones que a las mujeres”, ya que “se partía de la premisa de que el viudo o concubinario, en principio, no deben recibir una pensión por viudez en función de los roles tradicionales de género”.
La SCJN señaló también que esta no era la primera vez que se pronunciaba sobre el tema ya que “anteriormente había decretado la inconstitucionalidad de los artículos 152 de la Ley del Seguro Social abrogada, y 130 de la Ley del Seguro Social vigente”, los que habrían sido impuestos a los ocho hombres que se quejaron ante la CNDH.
La CNDH requirió al director general del IMSS, Mikel Arriola, que se le otorgue la pensión a los ocho hombres “con los efectos retroactivos que correspondan” desde que solicitaron dicho beneficio “sin colocarlos en un supuesto jurídico que los distinga por su sexo y sin que se requiera mayores requisitos en comparación con las mujeres”, indica la recomendación. Además, la CNDH solicitó “reparar el daño ocasionado en términos de la Ley General de Víctimas”.
Fuente: Animal Político