
La Legislatura de la ciudad de Buenos Aires aprobó una ley este mes que penaliza el acoso callejero que afecte la dignidad y el derecho a la integridad física o moral de las personas.
La nueva normativa porteña tiene como objetivo “prevenir y sancionar el acoso sexual, producido en espacios públicos o de acceso público, en los que se hostigue, maltrate o intimide y que afecten en general la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de personas basados en su condición de género, identidad y orientación sexual”.
En la ley se define el acoso sexual verbal o físico como “toda conducta unidireccional” producida por una o más personas en contra de otras personas basándose en su condición de género, identidad y orientación sexual. Los afectados pueden considerar que esas conductas afectan “sus derechos a la dignidad y a la integridad”.
El acoso callejero puede manifestarse a través de conductas como “comentarios sexuales, directos o indirectos al cuerpo; fotografías y grabaciones no consentidas a partes íntimas; contacto físico indebido o no consentido; persecución y arrinconamiento; y masturbación y exhibicionismo”, detalla el texto de la ley que fue publicado en el diario La Nación.
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La nueva normativa porteña establece penas de hasta diez días de trabajo comunitario y multas desde AR$ 200 (US$ 12,53) hasta AR$ 1000 (US$ 62,64). Además incluye la realización de campañas concientizadoras y preventivas sobre la problemática.
El diputado del Frente para La Victoria, Pablo Ferreyra, quien impulsó la nueva ley, explicó a La Nación que el acoso callejero es “profundamente violento porque es una práctica no deseada, que genera un impacto psicológico negativo”.
El legislador señala que en Argentina no existe ninguna figura legal que ayude a denunciar a quienes practican esta conducta negativa y tampoco para que se proteja a las víctimas del acoso.
“Todas las personas tienen derecho a transitar libremente y con la confianza de no ser violentadas, independientemente del contexto, la edad, la hora del día o el vestuario que ocupa la persona agredida, los derechos humanos no dependen ni se suspenden por detalles del entorno”, agregó el Ferreyra.
El diputado porteño explicó que algunas manifestaciones de acoso sexual callejero son aceptadas como “folclóricas o tradicionales”, lo que, a su juicio, no debe ser argumento para tolerar este tipo e conducta. “La violencia no puede ser patrocinada con orgullo por ninguna sociedad”, añadió.
Contra el acoso escolar
La Legislatura porteña también aprobó una ley para “prevenir y erradicar toda forma de acoso u hostigamiento escolar” que prevé la asistencia de víctimas de “bullying” en escuelas estatales y privadas de la ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, se crea una línea telefónica gratuita, campañas de difusión, capacitación docente y un protocolo de intervención.
En este caso la normativa define como acoso u hostigamiento escolar “a todo acto individual o colectivo de intimidación, maltrato y/o violencia física, verbal, sexual y/o psico emocional al que es sometido de manera repetida y sostenida en el tiempo, un alumno por alguno o algunos de sus compañeros”.
Los legisladores de la ciudad dispusieron que sea el Ministerio de Educación la autoridad de aplicación de la nueva ley y el ente que elabore el protocolo de intervención en casos de acoso u hostigamiento escolar, así como el encargado de desarrollar actividades sistemáticas de capacitación docente sobre el tema.