Por unanimidad la Cámara de Diputados del Congreso argentino dio sanción definitiva a la llamada Ley del arrepentido, que se aplicará para los delitos por casos de corrupción.
Hasta ahora las leyes vigentes en Argentina no incluían la opción del arrepentido para delitos de corrupción dentro de la administración pública, lo cual impide a exfuncionarios acogerse a esa figura y aportar información comprometedora a cambio de beneficios. La ley solo contemplaba la figura del arrepentido para casos de narcotráfico, el terrorismo y la trata de personas.
El proyecto había sido aprobado por la Cámara baja en junio, pero el Senado le hizo modificaciones dándole el visto bueno a principios de septiembre. Finalmente, este miércoles 19 de octubre, los diputados aprobaron la normativa sin más cambios convirtiéndola en ley.
El proyecto fue presentado por el Ejecutivo, pero quien lo impulsó fue el diputado del Frente Renovador Sergio Massa, con el aval de los principales bloques de la Cámara baja.
La normativa propone reducir la pena a toda persona imputada o condenada, con o sin sentencia firme, cuando durante la sustanciación de un proceso del que sea parte brinde información o datos precisos y comprobables.
“Para la procedencia de este beneficio será necesario que los datos o información aportada contribuyan a evitar o impedir el comienzo, la permanencia o consumación de un delito; esclarecer el hecho objeto de investigación”, señala el texto de la ley.
En este caso el arrepentido será beneficiado si revela la identidad o el paradero de autores, coautores, instigadores o partícipes de los hechos investigados; si proporciona datos suficientes que permitan un significativo avance de la investigación o el paradero de víctimas privadas de su libertad; si la información permite averiguar “el destino de los instrumentos, bienes, efectos, productos o ganancias del delito”, entre otros.
El acusado tendrá un margen de tiempo el que podrá acogerse a la figura de arrepentido, en este caso, debe hacerlo entre su imputación y el auto de elevación a juicio. Posteriormente ya no podría acogerse a la figura.
Quedó establecido que en ningún caso el arrepentido podrá acceder a la eximición de prisión. Además, sólo podrá acogerse al beneficio en caso de que la información que proporcione esté referida a delitos tipificados con una pena igual o mayor a la suya.
El texto aprobado este miércoles por los diputados establece que la figura del arrepentido no aplicará a casos de delitos de lesa humanidad.
Asimismo, cundo el delito atribuido al imputado tenga un castigo de prisión perpetua, la pena solo podrá reducirse hasta los quince años de prisión si se acoge a la figura del arrepentido.
Por otra parte, la ley también establece castigos para quienes hayan proporcionado “maliciosamente información falsa o datos inexactos”. En este caso se establece una pena de cuatro a 10 años de prisión.
El proyecto que estuvo paralizado un tiempo, cobró fuerza a raíz de la conmoción que causó la detención del exsecretario de Obras Publicas José López el 14 de junio. El exfuncionario K fue sorprendido por la policía cuando intentaba esconder en un convento US$ 9 millones.