En toda economía es preciso mantener la disciplina fiscal y respetar los límites en materia de impuestos y endeudamiento, que constituyen las fuentes habituales de financiamiento para la inversión pública. Las Asociaciones Público Privadas han surgido justamente como un mecanismo que permite al gobierno evitar o diferir el gasto en infraestructura o en la prestación de un servicio público pero sin renunciar a sus beneficios.
En una definición general provista por el Banco Mundial, una Asociación Público Privada (APP) hace referencia a un acuerdo entre el sector público y el sector privado en el que parte de los servicios o trabajos que son responsabilidad del sector público, son suministrados por el sector privado bajo un acuerdo con objetivos compartidos para el abastecimiento de un servicio público o infraestructura pública.
Desde hace dos décadas, el Perú impulsa las asociaciones público privadas y se ha hecho cada vez más evidente su necesidad ahora que la brecha en infraestructura ha sido determinada por el Banco Mundial en US$80 mil millones. La mitad de dicha brecha se encuentra en el sector de transporte y comunicaciones.
En el país, el Decreto Legislativo No. 1012, Ley Marco de Asociaciones Público Privadas, establece en su artículo tercero una definición particular, indicando que las APP son modalidades de participación de la inversión privada en las que se incorpora experiencia, conocimientos, equipos, tecnología y se distribuyen riesgos y recursos con el objeto de crear, desarrollar, mejorar, operar o mantener infraestructura pública o proveer servicios públicos.
La ley peruana, además, precisa que las modalidades de APP incluyen todos aquellos contratos en los que se propicia la participación activa del sector privado. Dichos contratos, dependiendo del nivel de participación del Estado, pueden ser de concesión, asociación en participación, contratos de gerencia, de riesgo compartido, de especialización, joint venture, así como cualquier otra modalidad contractual permitida por la ley.
La última modificación de la ley, recientemente publicada, prohíbe además que las entidades públicas, en cualquier nivel del gobierno, realicen actos o establezcan disposiciones que constituyan barreras burocráticas para la obtención de permisos, licencias o autorizaciones necesarias para la ejecución de los proyectos de APP. Asimismo, otorga a la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de Propiedad Intelectual (INDECOPI) la obligación de hacer cumplir esta disposición.
Sin embargo, esta iniciativa del Ejecutivo para promover las inversiones, no estuvo exenta de objeciones, particularmente por parte de los presidentes de los organismos reguladores. Éstos sostuvieron que el proyecto de ley presentado en su momento, afectaba la autonomía de sus entidades al limitar de alguna manera el poder de los organismos reguladores en la opinión técnica previa a los contratos de APP, dando mayor poder al Órgano Promotor de la Inversión Privada (OPIP).
Lo cierto es que las APP, entre otras ventajas, permiten que el gasto público se focalice en los temas más urgentes como, por ejemplo, el ejercicio del rol subsidiario del Estado donde el sector privado no está presente. Asimismo, se genera un valor agregado al utilizar una infraestructura o prestar un servicio público de manera eficiente. Se gana eficiencia técnica por la competencia entre empresas privadas, debido a que pueden integrar todas las fases del ciclo del proyecto, desde el diseño hasta la explotación. También crea un clima de estabilidad jurídica para los privados ya que el propio estado está involucrado y eso conlleva además un mejor manejo de los riesgos.
Según indicó el Ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, en estos dos años se invertirá un monto mínimo de US$13 mil millones a través de APP. El 80% de dichos proyectos serán concesionados durante el 2014 y el 20% restante durante el primer trimestre del 2015. Dichos proyectos de promoción de la inversión estarían concentrados en transporte terrestre, electricidad e hidrocarburos.
El dinamismo de las APP se empieza a ver en otros sectores tradicionalmente reservados a la inversión pública, como salud. A fines del año pasado, el Ministerio de Salud presentó siete proyectos de APP buscando prestar mejores servicios, principalmente en la atención de enfermedades de alta complejidad.
Sin embargo, como el propio ministro de economía reconoció, el monto de US$13 mil millones es relativamente pequeño comparado con la brecha de infraestructura, que como se ha referido, se encontraría en los US$80 mil millones. Es por ello que se deben dar las condiciones para que los proyectos no sólo sigan en aumento sino además involucren otros sectores menos tradicionales de las APP como salud y educación, que son claves para el crecimiento del país.
La experiencia peruana en lo que se refiere a APP ha sido muy positiva y cada día se torna más compleja, mas descentralizada y con participación de las poblaciones involucradas en los proyectos. Por ese motivo se debe continuar por el camino de la promoción de este mecanismo de inversión que involucra tanto al sector público como al privado para que juntos contribuyan a reducir la brecha de infraestructura.