El poder que tienen la ley boliviana para restringir y disolver organizaciones no gubernamentales (ONG) viola el derecho para la libertad de asociación, de acuerdo con el comunicado elaborado por el Observatorio de Derechos Humanos (HRW) y presentado en la Corte Constitucional de Bolivia, el 5 de agosto.
José Manuel Vivanco, director del Observatorio de Derechos Humanos en América, pidió a la Corte revisar la Constitucionalidad de una ley del 2013 y el decreto presidencial que otorgan al Gobierno boliviano amplios poderes para disolver las ONG y fundaciones.
“La manera en la que la y el decreto están redactados motivan a la arbitrariedad y a decisiones políticas que socavan el derecho a la libre asociación”, expresó Vivanco al mismo tiempo que instó al Gobierno boliviano a revocar esas decisiones “para asegurar que los defensores de los derechos humanos puedan hacer su trabajo libremente, el cual es crítico en cualquier sociedad democrática”, dijo el experto.
Conforme a la Ley de Entidades Legales No. 351 del 2013 (Ley de Otorgación de Personalidades Jurídicas), las fundaciones y las ONG deben especificar “sus contribuciones al desarrollo económico y social”, y solo llevar a cabo las actividades que figuran en sus estatutos. De lo contrario, el Gobierno puede quitarle a la organización su permiso para operar.
Adicionalmente, el Decreto Presidencial no. 1597 permite a cualquier funcionario gubernamental pedir al Ministerio de Autonomía revocar el permiso de una organización, si esta falla “en cumplir con políticas y reglas [oficiales],” o si una organización es sancionada criminalmente por actividades que “atenten contra la seguridad o el orden público”, señala el documento.
Según HRW, tanto la ley como el decreto presidencial violan las obligaciones de Bolivia con su Constitución y con múltiples tratados internacionales, como el de la Convención Americana de Derechos Humanos (ratificada en 1982), en los cuales ese país se compromete a respetar el pleno y libre ejercicio del derecho a la libre asociación.
En 2013, el Comité de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas declaró que Bolivia “debe corregir su legislación en los estatutos legales de las ONG de manera que se eliminen los requerimientos que ponen restricciones excesivas a su habilidad de operar libre, independiente y efectivamente”.
En este tema, el enviado especial de las Naciones Unidas en derechos de libres asambleas y asociaciones pacíficas, acotó que las asociaciones “deben ser libres para determinar sus estatutos” y que cualquier restricción en esos derechos deben respetar los principios de “pluralismo, tolerancia y la multitud de visiones”, expresó el comunicado del Observatorio de los Derechos Humanos.
Fuente: Observatorio de los Derechos Humanos.