EnglishLa Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó con carácter de urgencia al Gobierno venezolano que “adopte las medidas necesarias para preservar la integridad personal de Leopoldo López y Daniel Ceballos” y que “asegure que las condiciones de detención de ambos se ajusten a los estándares internacionales” en una resolución emitida hoy 20 de abril de 2015, en respuesta a una solicitud realizada el 23 de agosto del año pasado.
Señala la Medida Cautelar Número 335-14 de la CIDH que “a pesar de las expresiones de preocupación” de varios mecanismos del Sistema Universal de Naciones Unidas y por parte de la CIDH, a la fecha ambas personas “continúan privadas de Libertad, supuestamente en las mismas condiciones de detención”, que incluyen confinamiento en celdas de castigo, aislamiento, restricción del régimen de visitas de familiares, y medidas disciplinarias sin explicación, según han argumentado quienes presentaron la solicitud de medida cautelar ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, según se detalla en la resolución.
López y Ceballos, señala la CIDH, se encuentran en una situación de “gravedad y urgencia”, que amerita medidas de protección, indicó la resolución cautelar de este organismo dependiente de la Organización de Estados Americanos, del cual Venezuela se retiró en 2013 alegando cuestiones de soberanía, aunque la CIDH puede seguir dictando resoluciones sobre el país.
El Estado venezolano aportó información según la cual tanto López como Ceballos (así como Salvatore Lucchese y Vincenzo Scarano, jefe de la policía y alcalde del municipio San Diego, respectivamente, que también son objeto de la cautelar, aunque ya han sido liberados) habían sido correctamente tratados y no golpeados, aunque Scarano, según los demandantes, tiene un trastorno lumbar como consecuencia de patadas recibidas en la prisión militar de Ramo Verde, donde tanto López como Ceballos, Scarano y Lucchese (y desde el 19 de febrero, el alcalde metropolitano de Caracas, Antonio Ledezma) se encuentran recluidos.
Desde febrero de este año, señala la medida cautelar, el Estado venezolano no ha vuelto a responder a la CIDH, luego de que los familiares de los detenidos presentaran nueva información y la CIDH solicitara contraargumentar al Estado venezolano.
López se encuentra detenido desde el 19 de febrero de 2014, acusado de instigación a delinquir, incendio en grado de determinador y otros delitos, y su juicio ha sido denunciado por distintas instancias nacionales como inicuo. Igualmente, tanto el Grupo de Detenciones Arbitrarias como el Comité contra la Tortura de la ONU lo han catalogado como preso de conciencia.
En cuanto a Ceballos, alcalde de San Cristóbal (Táchira, a 900 kilómetros al suroeste de la capital, Caracas) fue condenado de manera expresa por el Tribunal Supremo de Justicia por supuesto desacato, y luego de cumplir su pena de un año permanece detenido, acusado, ahora, del delito de rebelión, por el que se le sigue causa en otro tribunal.
Ceballos fue también destituido de su cargo como alcalde e inhabilitado políticamente, al igual que Scarano y Lucchese, quienes fueron condenados también por desacato, pero no se le siguen otras causas.