La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia venezolano (TSJ) respaldó este lunes la actuación del presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, quien el 24 de marzo pasado expulsó a la diputada María Corina Machado del Parlamento sin ningún tipo de procedimiento previo para que esta ejerciera su defensa.
Cabello adoptó la medida contra la legisladora opositora después de que ella decidiese participar en una sesión del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA) como representante “alterna” de Panamá, lo cual, a juicio del oficialismo, violó los artículos 191 y 197 de la Constitución de Venezuela, los cuales establecen que los legisladores no podrán aceptar otros cargos públicos sin perder su investidura.
Desde el punto de vista de Machado, la vocería que ejerció en la sesión de la OEA fue hecha como representante venezolana en el tiempo de palabra que correspondía a Panamá, cuya delegación le cedió ese espacio ante la negativa de Venezuela de analizar la situación política y de Derechos Humanos que se vive en su territorio.
La Sala Constitucional rechazó ordenar la reincorporación de la legisladora por considerar que no se le violó ningún derecho, pues “al aceptar una representación alterna de otro país, indistintamente a su tiempo de duración, ante un órgano internacional, pretendiendo obrar en su otrora condición de diputada a la Asamblea Nacional, sin solicitar autorización al Presidente de la Asamblea Nacional y sin este habérsela concedido, perdió, de pleno derecho o ipso iure, la investidura parlamentaria que le correspondía”. El ente jurídico señaló además que en este caso no era necesario someter a Machado a algún procedimiento donde hubiese podido defenderse debido a que el cumplimiento de la Constitución no exige acto jurídico posterior.
Fuente: El Universal.