La Sala Civil de Asuntos Agrarios del Tribunal Superior de Bogotá le ordenó a Juan Manuel Santos, presidente de Colombia, reintegrar a Gustavo Petro Urrego como alcalde de Bogotá.
De esta manera, el presidente Santos tiene 48 horas para acatar el fallo dispuesto por los jueces Óscar Humberto Ramírez y Jorge Hernán Vargas, quienes basaron su decisón en las medidas recomendadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
El argumento para ordenar su restitución a la función pública es que se vulneró el derecho al debido proceso al alcalde, ya que el Gobierno no previó que la jurisprudencia de la Corte Constitucional indica que las medidas cautelares emitidas por la CIDH tienen carácter vinculante. El abogado de Petro explicó que “queda sin vigencia el decreto 570 con el que fue destituido el alcalde”, ya que el organismo internacional prohíbe que un funcionario elegido popularmente sea destituido por decisiones administrativas y no por orden judicial.
El presidente procedió con la destitución a pesar de que la CIDH había concedido medidas cautelares a favor de Petro. Santos tomó esa decisión debido a las supuestas irregularidades en la implementación de un nuevo modelo de aseo en Bogotá durante la gestión de Petro.
Fuente: El Espectador, La Estrella de Panamá.