Los colombianos que se encuentren en el exterior podrán votar por el plebiscito para la paz, mecanismo por el cual los ciudadanos de Colombia podrán decir si están de acuerdo o no con lo acordado entre el Gobierno y las Farc. Así lo ordenó la Corte Constitucional y deberá ser cumplido el próximo 2 de octubre, fecha en la cual se realizará dicha consulta.
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La posibilidad se abrió después de que la Corte Constitucional dijera que las reglas electorales para los colombianos en el exterior también aplican para los mecanismos de consulta como el plebiscito. Sin embargo, hay una serie de requisitos que se deben cumplir.
El primero de ellos consiste en inscribir la cédula. Para este proceso los consulados abrirán la posibilidad de inscribir las cédulas hasta 2 meses antes de la elección. Sin embargo, en este caso deberían ser abiertas lo más pronto posible ya que queda menos que ese tiempo para el plebiscito. Las cédulas podrán ser inscritas los días sábados domingos y festivo, en caso de que los haya, del último mes previo al cierre de la inscripción.
El segundo requisito es que las embajadas y consulados en los cuales se abra la posibilidad de votar, hagan una campaña de publicidad para que toda la comunidad colombiana que se encuentra en ese sitio y está inscrita en esa embajada como residente en el exterior, se entere de que podrá votar por el plebiscito.
El tercer requisito tiene que ver con los tiempos de votación. A pesar de que en Colombia las elecciones se realizan solo durante un día, en el caso de los colombianos en el exterior, según las reglas electorales, tendrán la posibilidad de hacerlo durante toda una semana iniciando desde el lunes anterior a la fecha de la elección. En este caso la elección es el 2 de octubre, por lo que las urnas en el exterior se deberán abrir el 26 de septiembre.
Fuente: Diario de las Américas