Doce demandas ha recibido la Corte Constitucional de Colombia contra el acto legislativo que aprobó la cadena perpetua para violadores de menores de edad.
El 19 de junio, en su octavo y último debate, el Senado aprobó el acto legislativo que condenaría a violadores de menores de edad a cadena perpetua. Este acto reformó el artículo 34 de la Constitución Política que prohibía las penas de prisión perpetua en el país. Aún así, la cadena perpetua continuaría siendo considerada una sanción excepcional.
En Colombia solo cerca del 5 % de los casos por abuso sexual terminan en denuncia y solo el 1 % con una condena. Según la Alianza Por la Niñez el 86 % de los casos de abuso sexual contra niños son perpetrados por personas con algún grado de relación con la víctima, como lo son parientes o a amigos.
De las 12 demandas presentadas ante la Corte, el órgano ha rechazado la mitad, dentro de las demandas que continúan solo unas cuantas tienen un magistrado asignado, y en las otras circunstancias la Corte ha solicitado conceptos y pruebas de diferentes instituciones.
Entre las invalidadas: la del 9 de julio
Entre una de las demandas rechazadas se encuentra una radicada el 9 de julio por Armando Peña Portocarreño, quien se encuentra detenido desde 2002 en la cárcel de la Dorada en Caldas por el delito de homicidio.
Según la demanda de Peña en la cárcel hay constantes abusos hacia las personas condenadas por delitos de abuso sexual, donde estas personas son golpeadas e incluso llegadas a ser abusadas por otros reos con la complicidad del personal del Instituto Nacional Penitenciario Colombiano (INPEC).
Su demanda fue inadmitida porque la Corte no encontró que el detenido acreditara con su cédula su condición de ciudadano colombiano, y porque sus argumentos no cumplieron los requisitos.
La segunda demanda
La Corte también recibió una demanda a esta nueva ley por parte del presidente de la Comisión Colombiana de Juristas, Gustavo Gallón, presentada en compañía con los senadores Iván Cepeda, Roy Barreras y Ángela María Robledo.
La demanda de Gallón sostiene que en la ley hubo fallos de consecutividad pues se eludió el séptimo y octavo debate por no “dar garantías para la oposición”, y no hubo activación de la Comisión de Ética para resolver las recusaciones hacia el entonces proyecto de ley.
El argumento del presidente de la comisión de juristas sostiene que esta ley sustituyó el principio de dignidad humana, anula la finalidad resocializadora de la pena y deriva en un trato cruel e inhumano para el condenado, afirmando que la prohibición de tratos crueles, inhumanos y degradantes no solo se refiere a los actos que causan dolor físico, sino también a los que causan daño moral, como lo serían “los castigos excesivos impuestos”.
Demandas acumuladas ante la Corte Constitucional
Al expediente de la Corte Constitucional se le acumularon otras siete demandas radicadas por el abogado constitucionalista y exprocurador delegado para la Vigilancia Administrativa, Germán Calderón España; otra del profesor en derecho penal Omar Huertas Díaz; otra del jurista asesor del Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes, Norberto Hernández Jiménez.
Según la demanda presentada por Calderón la ley viola varios tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, lo Convención Americana sobre Derechos Humanos, y la Convención sobre los Derechos del Niño.
En su demanda Calderón afirma que con esta ley “el objeto del derecho penal en un Estado queda desdibujado pues éste tiene otras funciones”, al proceder con esta ley el Estado procede en contra de las democracias modernas pues la justicia penal “no debe ser una venganza encubierta”.
También cita diversos estudios que muestran la ineficacia de estas sanciones en otros países, y asevera que tampoco se puede condenar partiendo del hecho de que quien cometió el delito es irrecuperable, pues a la hora de imponer la sanción no se puede determinar quién va a reincidir y quién no.
Carlina Piñeros Ospina, directora de Red Papaz, organización que promueve la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia presentó también una demanda contra la ley de cadena perpetua, argumentando que “supone un auténtico retroceso” pues va en contra de las recomendaciones internacionales y podría “conducir a un mayor grado de impunidad”.
Varios estudios han documentado que —muchas veces— al ser los abusadores cercanos a la víctima, la severidad de la condena hace que los familiares o amigos se abstengan de denunciar. Como afirma la demanda de la Red Papaz “el incremento de las penas puede estar más fuertemente asociado a la impunidad”.