Ante un panorama de desempleo que asciende al 20 %, y entre 2 676 a 5 553 empresas en riesgo de quiebra, el Gobierno de Colombia emitió el Decreto 811, que le permite adquirir participación en empresas privadas, públicas o mixtas, cuya operación sea de interés de la nación y estén en riesgo de insolvencia.
El Gobierno de Iván Duque contempla varios escenarios que motivaron este decreto. El escenario moderado apenas prevé un leve crecimiento para la economía este año, mientras que el pesimista y extremo proyectan contracciones entre el 1,9 % al 7,7 % del producto interno bruto (PIB). El sector industrial sería el más afectado, pues se espera una caída entre 4,9 al 6,6 % de su actividad para este año.
Un escenario pesimista plantea que podría haber alrededor de 2 676 empresas en riesgo de quiebra. De estas 1 240 son microempresas, 1 323 pequeñas y medianas empresas (pymes), y 113 compañías grandes. El escenario más extremo planteado por el Gobierno muestra un horizonte aún más desgarrador donde podría haber más de 4 500 microempresas, 2 300 pymes y 131 compañías grandes en riesgo.
No es claro de cuánto es el presupuesto con el que contaría la nación para hacer las adquisiciones, y cuál sería su extensión. Es improbable que el Estado cuente con los recursos para comprar participación de tantas empresas y garantizarles un flujo de caja sostenible. Posiblemente este programa de adquisiciones se limite a comprar la participación de compañías grandes con una planta extensiva de empleados o empresas de interés clave para la nación.
El programa contempla que en caso tal de que el Estado adquiera participación en una sociedad pública, mixta o privada, podrá exigirles a sus accionistas un acuerdo de recompra de esas acciones tras un plazo determinado.
Las entidades en las que la nación adquiera participación deberán continuar operando con normalidad y cumpliendo con sus obligaciones laborales, pensionales y tributarias.
Gobierno Colombiano considera la venta de su participación en Empresas
El decreto no solo faculta al Estado para adquirir participación en empresas claves, también le permite disponer de sus acciones en sociedades listadas en bolsa de valores por su precio de mercado. El decreto también posibilita la enajenación de entidades estatales, suscrito a las reglas de contratación vigentes. No obstante, no hace referencia a qué tipo de entidades estatales pueden ser sujeto de enajenación.
Los recursos obtenidos por parte la venta de las acciones de la nación serán destinados, en su totalidad, al Fondo de Mitigación de Emergencias (Fome) y a cubrir parte del monto de la deuda adquirida por el Gobierno para mitigar los efectos económicos adversos producto de la cuarentena por el COVID-19.
El economista y profesor Luis Guillermo Vélez comenta que “el decreto es interesante, aunque hay que ver que criterio de selección tendrá el Estado para rescatar una Empresa. No sería la primera vez que la Nación se arriesgue a hacer un rescate de este tamaño. Durante la crisis del UPAC el gobierno rescató a una serie de bancos, con la diferencia de que en esa época el gobierno se arrojo ese muerto al hombro y tuvo que buscar como venderlos en el mercado más tarde; para este caso la promesa de recompra es muy importante, pues obliga a sus accionistas originales a comprarle después de un tiempo la participación a la Nación.”
Por último, mencionó que “La venta de activos listados en bolsa para obtener recursos para financiar el rescate también resulta interesante, el Ministerio de Hacienda cuenta con un Holding establecido que le permitiría colocar y vender rápidamente esos activos en el mercado, falta ver cuales serán esos activos. Lo que nos permitiría esta maniobra sería sostener este rescate sin incurrir en más deuda.”