El poder es un afrodisíaco. Tiene un “no sé qué” capaz de transformar a la más buena de las personas en alguien vil.
La gente suele creer que el motor de cualquier acción humana es el dinero. Es un error. Lo que realmente “enloquece” a los sujetos es el ansia de poder, tal como prueba la experiencia histórica. Además, es adictivo. Una vez que se ha probado sus “mieles”, la tentación de no querer soltarlo es enorme.
Otra característica del poder es que cuanto más tiempo permanece en unas manos, más inclina a ese sujeto a hacer lo que no debe. De ahí la admonición de Lord Acton: “El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente”.
Cuando se escucha esta frase se suele pensar en el enriquecimiento indebido. Pero no necesariamente es así. La peor corrupción es la del carácter. Es la más peligrosa porque es la que induce a cometer injusticias.
Como se recordará, Acton fue un prestigioso historiador inglés del siglo XIX. Desde el punto de vista ideológico, era liberal. Por tanto, defendía las libertades políticas. A pesar de ser católico, sostenía la tesis de que los historiadores debían investigar con independencia los escándalos y abusos del poder del gobierno y la Iglesia, tanto del pasado como del presente.
El obispo Mandell Creighton, autor de Historia del Papado, creía que no era correcto juzgar la conducta de los papas. Debido a la relación de amistad que los unía, Acton le escribió en una carta lo siguiente:
“No puedo aceptar su regla de que el papa y el rey, a diferencia de las demás personas, merezcan el supuesto favorable de que no pudieron hacer algo malo. Frente a cualquier autoridad, hay que suponer lo contrario, y más aún cuanto más poder tenga. La falta de responsabilidad legal debe suplirse con la responsabilidad histórica. El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente. Las grandes figuras son casi siempre malas personas, incluso las que no tienen autoridad sino influencia, especialmente si considera usted la tendencia corruptora del poder y su efecto de hecho. Suponer que el poder santifica es la máxima herejía”.
Desde la época de Acton mucha agua corrió bajo el puente. Se buscaron los mecanismos institucionales para limitar, en lo posible, ese efecto corruptor que origina el prolongado ejercicio del poder. La rotación de los partidos en el gobierno (la democracia), una justicia independiente, que los gobernantes deban respetar la ley, y una prensa libre que investigue a fondo, han demostrado ser los medios más eficaces para acercarse al fin propuesto.
En Uruguay, somos testigos de cuánta verdad encierran las palabras de Acton. El Frente Amplio hace casi quince años que gobierna. Por su parte, Tabaré Vázquez ha sido por dos veces presidente de la república (2005-2010, 2015-2020).
La metamorfosis que ha sufrido Vázquez luego de tanto tiempo siendo poderoso es notable. Sobre todo si comparamos cuál fue su conducta durante su primera presidencia y la que está corriendo actualmente.
En el año electoral de 2009, Vázquez les dijo a los integrantes del gabinete, que los que quisieran hacer campaña política tenían que abandonar su cargo. En aquella época, consideraba que no era compatible la tarea ministerial con la electoral.
Diez años después, no solo no los hacer renunciar sino que los impulsa a que recorran el país para captar votos. Pero no se quedó ahí, sino que fue más allá de lo que le está legalmente permitido: puso la web de la Presidencia al servicio de su partido político el Frente Amplio, incluso, subiendo críticas a los candidatos de la oposición.
Por suerte para los uruguayos, ahora las autoridades tienen responsabilidad histórica (aunque haya historiadores nacionales que no tienen la misma ética que Acton al realizar su labor) y también legal. Por eso, el abuso cometido por Vázquez fue sometido a la autoridad de un juez.
El resultado fue que mediante sentencia judicial, se obligó a Presidencia de la República a quitar de su portal institucional dos notas en las que ministros respondieron a discusiones electorales. Además, le ordenó que se “abstenga de subir a su página web publicaciones que tengan que ver con el acto eleccionario convocado”. El juez señala que la Secretaría de Comunicación Institucional depende de la Presidencia de la República y su soporte es el presidente. La figura del mandatario “posee una posición institucional predominante” cuya intervención en la campaña electoral le está vedada por la Constitución.
El fallo recalca que “Admitir por vía oblicua publicaciones en las que se controvierten los dichos de los actores políticos con vías al acto eleccionario, conllevan e implican, cercenar la libertad de dichos partidos y sentar posición de la Presidencia sobre los hechos objeto de discusión”.
Desde hace un par de años, las encuestas sistemáticamente vienen señalando que es muy posible que el Frente Amplio sea desplazado del gobierno. Asimismo, muestran una baja pronunciada en la popularidad de Vázquez. Ese hecho provocó la rabia del mandatario que comenzó a criticar el trabajo de las encuestadoras.
Un medio de prensa quiso saber cuánta decencia había en la mencionada actitud de Vázquez. Por consiguiente, amparándose en la Ley N° 18.381 (Derecho de Acceso a la Información Pública), El Observador preguntó si el Poder Ejecutivo contrató servicios de estudio de opinión pública entre el 1 de enero de 2018 y el 30 de junio de 2019. Solicitó conocer si había recurrido a encuestas o mediciones, a qué empresas se las habían encomendado y si había algún otro tipo de estudios que se hubieran encargado.
Presidencia se negó a brindar dicha información argumentando que esa era información clasificada como reservada.
Nuevamente la justicia puso coto a los desbordes de poder de Vázquez, condenando a Presidencia de la República a brindar a El Observador la información solicitada.
El juez determinó que Presidencia disponía de 96 horas para suministrar los datos requeridos porque la información pública es un “derecho fundamental de las personas”, cuya finalidad es “promover la transparencia en la gestión pública”. Además, “La resolución (…) es ilegítima porque no encarta dentro de las excepciones para clasificar la información como reservada”.
La última de la “vivezas” conocidas de Vázquez es de contenido análogo al caso anterior. En esta ocasión, El Observador pidió el listado de personas que cumplen tareas en Presidencia bajo vínculo de pase en comisión. Para cada caso se pidió nombre, apellido, organismo del que proviene, sueldo y resolución; también solicitó esos mismos datos pero para las personas que desde Presidencia tienen un pase en comisión en otra dependencia del Estado.
Asimismo, solicitó el detalle de los cargos de confianza de designación directa, con información sobre nombres, apellidos, escalafón, fecha de contratación, sueldo y resolución.
Una información que ayudaría a conocer el nivel de nepotismo o amiguismo que prevalece en ese organismo.
Presidencia se negó a entregar esa información. Argumentó que “no es posible” acceder a la información solicitada porque la misma se encuentra amparada bajo la ley de Protección de Datos Personales.
Lo más gracioso es que la ley de Ley de Acceso a la Información Pública fue promulgada por el propio Vázquez durante su primera presidencia. Parecería que en la segunda, él y su círculo cercano han actuado de una manera que prefieren que la ciudadanía no sepa.
Como se ve, el “mal” está avanzando a pasos agigantados. Señal de que es oportuno un cambio de gente al mando del país para contenerlo.