Este lunes el Gobierno saliente de Juan Manuel Santos aprobó un decreto presidencial que establece que los expresidentes y exvicepresidentes puedan contar con un esquema de protección de “carácter vitalicio” que garantiza su integridad personal terminada su gestión en el poder.
“Para garantizar la integridad personal de los expresidentes y exvicepresidentes de la República de Colombia y su cónyuge supérstite, ellos contarán con un esquema de protección de carácter vitalicio, conformado por la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección, el cual se determinará de acuerdo a los resultados del estudio de nivel de riesgo que elabore la Policía Nacional”, dice el artículo 3 del Decreto 1069 de 2018.
Cabe aclarar que esta normativa deroga la anterior norma sobre la materia expedida en 2010. en la que no se contempló el término “vitalicio” para los esquemas de protección de los exmandatarios, ya que anteriormente se asignaba los esquemas de protección de acuerdo a los estudios de riesgo que realizara la Policía Nacional.
“Cuando las circunstancias lo aconsejen, previa coordinación del jefe de Seguridad con las fuerzas militares y de Policía podrán incluirse y/o adoptarse de manera temporal medidas adicionales de seguridad y protección al interior del país para los expresidentes”, añade el decreto.
Los exmandatarios tendrán un oficial de la Policía o de las Fuerzas Militares que “fungirá como edecán” y otro como “jefe de seguridad”, quienes serán seleccionados de ternas presentadas por el Ministro de Defensa.
“Los funcionarios de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección, asignados con carácter permanente para la prestación del servicio a que se refiere el presente Decreto y mientras se mantengan en él, percibirán una bonificación especial equivalente al 30% de la asignación básica mensual”.
Esta medida cobijaría tanto al presidente Santos que esta por terminar su mandato y al vicepresidente General (r) Óscar Naranjo. Asimismo la medida se haría extensiva a todos los demás expresidentes, exvicepresidentes de periodos anteriores y sus respectivas esposas. En caso de haber un divorcio, las exesposas perderán la protección.
El nuevo decreto también dispone que los hijos de los exmandatarios puedan contar con esquema de protección, si así lo determina el estudio de riesgo que realice la Policía. Según la nueva disposición, los expresidentes y exvicepresidentes siempre deberán contar con un edecán y un jefe de seguridad, de ternas que presente el Ministerio de Defensa.
“Los vehículos automotores para el esquema de protección y seguridad serán asignados por parte del Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección. El personal de protección será asignado por la Policía Nacional y la Unidad Nacional de Protección. Los elementos para el servicio de seguridad y protección requeridos, tales como medios de comunicaciones, armamento y demás que se consideren indispensables serán suministrados por la entidad a la que se encuentren vinculados el personal de protección”, dice el decreto.
Por otro lado, se elimina el acceso que disponían las familias presidenciales y vicepresidenciales a los “servicios de las instalaciones administrativas, hospitalarias, sociales y recreativas de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, cuando lo requieran”.