La Corte Suprema de Justicia en Colombia ratificó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá en declarar como ilegal la huelga de los pilotos de Avianca sindicalizados en la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles (ACDAC). Esto implica que Avianca podrá despedir a los pilotos que hicieron parte del cese de actividades que tuvo una duración de 51 días ya que no disponen del fuero sindical.
La aerolínea, a través de un comunicado oficial, señaló que hizo todo lo posible para llegar a un acuerdo entre las partes y buscar soluciones de largo plazo mediante el dialogo. Asimismo, acogieron la decisión judicial que ratifica como ilegal la huelga la cual permite concluir que el servicio de transporte aéreo es un servicio de carácter público esencial, lo que lleva a prohibir la huelga a sus trabajadores.
El presidente ejecutivo y CEO de Avianca, Hernán Rincón, aseveró que:
“Fiel a su tradición, la aerolínea acoge la decisión de la justicia colombiana. Este fallo es un hito para el sector empresarial y para Avianca. Durante este difícil proceso, que afectó de manera grave a los viajeros, a la empresa y al país, siempre manifestamos nuestra fe en las instituciones y la ley, como marco bajo el cual deben resolverse este tipo de procesos”.
La Corte Suprema de Justicia en su sala Laboral, agregó, que por tratarse la ACDAC de un sindicato de industria y con carácter minoritario le correspondía a la mayoría absoluta de los trabajadores votar la huelga, la aerolínea cuenta con un total de 8.900 trabajadores mientras que el cese de actividades liderado por los pilotos contó con tan solo 699 votos.
En Colombia, para adoptar la disposición de la huelga, los trabajadores luego de haber presentado el pliego de peticiones deben cumplir con el articulo 444 del Código Sustantivo de Trabajo, por el cual dicha decisión debe tomarse:
“…mediante votación secreta, personal e indelegable, por la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa, o de la asamblea general de los afiliados al sindicato o sindicatos que agrupen más de la mitad de aquellos trabajadores”.
En su momento, Avianca manifestó que por día transcurrido del cese de actividades la aerolínea perdía USD $2 millones.
De acuerdo con la cadena radial La FM, luego de conocer la decisión judicial, los pilotos de la ACDAC solicitaron al Ministerio del Trabajo y a la Defensoría del Pueblo para que se evite una “masacre laboral de sus trabajadores”.
“La Corte desconoció y permitió la burla de las recomendaciones del Consejo de Administración y del Comité de Libertad Sindical de la OIT que, por virtud de la Constitución Política, de la jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado, son vinculantes para el Estado y deben ser atendidas obligatoriamente”.
En este sentido, Avianca reveló que mantendrá en pie los procesos disciplinarios correspondientes hasta el momento con el objetivo de establecer sanaciones de acuerdo con el grado de participación de cada piloto en la huelga.
Por su parte, la ministra de Trabajo Griselda Janeth Restrepo Gallego celebró la decisión y explicó que con esta decisión el alto tribunal ratificó la tesis que mantenía ese ministerio en entender el transporte aéreo en Colombia como servicio público esencial y que los medios legales indicaban que para dirimir el conflicto jurídico y económico era mediante la conformación de un Tribunal de Arbitramento. Restrepo Gallego puntualizó que hasta ahora no se conoce la totalidad del fallo de la Corte Suprema de Justicia, pero que espera conocer pronto la totalidad de la decisión para conocer los instrumentos que le otorga al Ministerio del Trabajo, que sin duda es un pronunciamiento que le genera tranquilidad jurídica al país.
“Fallo de la Corte Suprema de Justicia ratifica que transporte aéreo es un servicio público esencial”: MinTrabajo https://t.co/fsqZTx3Opm pic.twitter.com/YETeaQ5RBC
— MinTrabajo (@MintrabajoCol) November 30, 2017
La ministra expresó igualmente que de manera muy respetuosa hacía una invitación a la empresa Avianca para que de aquí en adelante prime la concertación:
“Hago un llamado a la serenidad, a tomar decisiones en frío, a la posibilidad del diálogo para que junto con los pilotos y el resto de trabajadores de la aerolínea, sigan construyendo la gran empresa que es no solo en Colombia sino en América Latina”.
Posteriormente, la Corte Suprema adujo que para tomar esta decisión tomo en cuenta jurisprudencia de la Corte Constitucional y advirtió que, de acuerdo con la doctrina de los organismos de control de la Organización Internacional del Trabajo, la definición de los servicios esenciales depende de las condiciones propias de cada país. Mientras tanto Avianca continúa restableciendo sus operaciones gradualmente con 300 vuelos diarios. Además, señalaron que los aviones que estuvieron paralizados en el cese de actividades han ido retomando vuelo y que este proceso toma de 24 a 36 horas.
Con más de 300 vuelos diarios, continuamos restableciendo nuestra operación gradualmente. #JuntosVolamosMejor, te contamos como va nuestro balance. pic.twitter.com/FpWlGwVo7r
— Avianca (@Avianca) November 30, 2017
Pese a la resolución del conflicto laboral, los usuarios continúan denunciando el alza en el precio de los tiquetes.
Será que el señor #Efromovich quiere "cuadrar la caja" del paro de pilotos con la temporada navideña y los costos de los tiquetes de @Avianca. #DeporDios @sicsuper
A ver si por lo menos una vez se hace sentir la @AerocivilCol.— Mábel Lara (@MabelLaraNews) November 29, 2017
Contra los pilotos hubo Corte Suprema, amenazas y despidos. Para los usuarios tarifas impagables y un servicio deficiente. Nadie dice nada. Urge un gobierno que proteja al trabajador y al consumidor y no sólo a Avianca. Trayecto Btá Cali pic.twitter.com/tNva3wrwMq
— Diego A. Quintero (@hayquejoderseno) November 30, 2017
De otro lado, según el portal El Tiempo, Kingsland Holdings (accionista mayoritario y minoritario de Avianca Holdings) y el Grupo Synergy acordaron retirar las demandas que interpusieron ante la Corte Suprema del Estado de Nueva York, luego del anuncio de la alianza comercial y estratégica con United Airlines. De mutuo acuerdo las partes presentaron un requerimiento y la Corte desestimó las acciones legales. “Como lo hemos expresado, la demanda de Kingsland no tenía mérito y fue presentada de manera prematura. Estamos satisfechos de que las partes hayan llegado a un acuerdo para desestimar ambas acciones”, dijo el presidente de Avianca Holdings, Hernán Rincón.