Alertan que en la Justicia Especial para la Paz (JEP) cualquier funcionario tendría funciones de policía judicial.
La implementación que se adelanta en el Congreso a través de la presentación de la ley estatutaria de la JEP —por parte del Gobierno— ha generado intensos debates por el contenido del articulado.
El Gobierno Nacional presentó al Congreso la ley estatutaria que definirá las reglas y procedimientos para el funcionamiento de la Justicia Especial para la Paz (JEP), sin embargo, la representante a la Cámara por el Centro Democrático, María Fernanda Cabal, sostuvo que el artículo 88 de esa ley establece funciones de policía judicial para cualquier funcionario de la JEP, lo que tildó de “adefesio”(disparate).
En plenaria del Senado, Cabal empezó su intervención manifestando que le preocupaba la capacidad de las facultades de Derecho “no para formar sino para deformar” y aseguró que en la JEP “se cambió la justicia reparadora que es la que es éticamente correcta por la justicia restaurativa y por eso tenemos todas esas concesiones”, haciendo referencia a las FARC.
“En ese artículo les van a ser asignadas por el director de la unidad de investigación y acusación funciones de policía judicial a cualquier servidor público de la JEP, ¡por Dios! aquí se restringieron las funciones de policía judicial al ejercito hace mucho tiempo porque se decía que abusaban precisamente del carácter de ser fuerza pública y poder modificar las pruebas, y se restringió al CTI, a la Policía y en su momento la tuvo el DAS”.
https://twitter.com/MariaFdaCabal/status/915998539997573120
La parlamentaria sostuvo que se dará la misma función que a los miembros del SEBIN en Venezuela, “Aquí la va a tener cualquier personaje que sea asignado que ni siquiera tiene la condición, la idoneidad, ni la calidad y se le van a poder meter en la casa a uno como hace el SEBIN de Venezuela porque le están dando una autoridad de policía judicial y ustedes no se están dando cuenta de esto. Claro, porque como van direccionados por los perfiles de los magistrados de la JEP que ya vimos de dónde vienen y qué doctrina tienen, y qué afinidad ideológica tienen. Por Dios, qué seguridad tiene un ciudadano hoy frente al Estado de sus garantías mínimas con este artículo 88 que es un adefesio”, precisó.
Finalmente, invitó a sus colegas legisladores a poner atención al artículo y a revisarlo.
Hasta ahora se han aprobado 100 artículos libres de proposición de los 151 artículos que contiene la ley que define el funcionamiento, sanciones, competencia y beneficios especiales de la jurisdicción especial de paz que tendría una vigencia inicial de 10 años.