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Portada » Una vez más acuerdo Santos-FARC a examen constitucional

Una vez más acuerdo Santos-FARC a examen constitucional

Andrés Fernández Andrés Fernández
23 agosto, 2017

Etiquetas: acuerdo Santos-FARCCorte Constitucional
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Con ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero, se pretende examinar dos expresiones del Acto Legislativo que en su consideración deben ser eliminadas. (Twitter)
Con ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero, se pretende examinar dos expresiones del Acto Legislativo que en su consideración deben ser eliminadas. (Twitter)

El acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC se somete a un nuevo examen jurídico. La Corte Constitucional revisará esta semana una ponencia que pide tumbar dos apartes del Acuerdo.

Con ponencia del magistrado Luis Guillermo Guerrero, se pretende examinar dos expresiones del Acto Legislativo 02 de 2017 que en su consideración deben ser eliminadas por tres razones: suprimen la separación de poderes, sustituyen la supremacía constitucional y finalmente sustituyen el principio de legalidad.

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Una tesis similar es la que esgrimió el recién elegido Carlos Bernal Pulido, decisión determinante que restringe el procedimiento Fast Track al Acuerdo Santos-FARC. En esa decisión con una votación de 5 a 3, la sala plena tumbó los literal H y J del Acto Legislativo 01 de 2016, por el cual se crea el procedimiento legislativo especial para la paz, Fast Track.

A juicio del magistrado las expresiones que deben ser eliminadas del Acto Legislativo 02 de 2017 son:

1.- la que indica que “las instituciones y autoridades del Estado tienen la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el acuerdo final”.

2.- La que asegura que las actuaciones de todos los órganos y autoridades del Estado quedan obligadas a guardar coherencia e integralidad con lo acordado, preservando los contenidos, los compromisos, el espíritu y los principios del Acuerdo Final.

Según el Acto Legislativo el acuerdo de paz queda permeado bajo un velo constitucional que sirve como parámetro de interpretación sujeto a la supremacía de la Carta Constitucional. Es así como temas de justicia, participación en política y reincorporación a la vida civil de los guerrilleros se considera que corresponden a los derechos fundamentales ya que el acuerdo fue introducido al ordenamiento jurídico vía bloque de constitucionalidad.

El citado Acto Legislativo 02 de 2017 en su artículo 2 dispone, “El presente Acto Legislativo deroga el artículo 4 del Acto Legislativo número 01 de 2016 y rige a partir de su promulgación hasta la finalización de los tres periodos presidenciales completos posteriores a la firma del Acuerdo Final”.

Expertos aseguran que los temas contenidos en el acuerdo entre el Gobierno y las FARC son trasversales a humanizar la guerra, por lo que todos son de obligatorio cumplimiento, es decir, tiene las mismas características del Derecho Internacional Humanitario.

Esta decisión es crucial para la legitimidad que reviste el acuerdo que por primera vez se halla en cabeza de los ochos magistrados en propiedad y uno interino en el que de una vez se pueda establecer qué posición comparten frente a lo acordado.

Mientras tanto algunos juristas manifiestan que tumbar los apartes tendría secuelas irreparables, y pese al examen en sede constitucional señalan otros menos escépticos, que la decisión no afectará en nada los temas fundamentales del acuerdo ya que revisten de una protección constitucional.

Fuente: Semana

Etiquetas: acuerdo Santos-FARCCorte Constitucional
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