La Corte Constitucional fija límites a la libertad de expresión en redes sociales. Así lo determino el alto tribunal constitucional en materia de señalamientos en redes sociales, dijo que las publicaciones que se hagan deben ser veraces.
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A través de la sentencia T-145/2016 la Corte Constitucional le ordenó a una mujer ofrecer disculpas y publicar una rectificación en su “muro” de Facebook a una de sus compañeras de trabajo debido a una publicación en la red social que calificaba a la mujer de ser una ladrona.
La corporación explicó que la publicación debe contar con el mismo tiempo que estuvo el señalamiento en línea, además “deberá estar habilitada para el mismo número de personas que en su oportunidad tuvieron acceso al primer mensaje”.
Se determinó en la providencia que los señalamientos hacia la mujer afectaron sus derechos constitucionales, tales como el derecho al buen nombre, a la imagen, y a la honra del tutelante, debido a que la publicación fue compartida y comentada por un grupo de compañeros de trabajo y personas desconocidas.
El análisis del caso que realizó la sala sostiene que los señalamientos que se hagan en redes sociales deben ser sustentadas y ser veraces, además de contar con los mismos requisitos que se les exige a las publicaciones que son expuestas en medios periodísticos.
La publicación rezaba:
“Les quiero informar para que todos tengan cuidado, miren la gran ladrona de [B]ritalia la sorprendieron robando en la empresa donde ella trabajaba y verificando no es la primera vez ya lo tiene de costumbre q (sic) trabaja y cuando renuncia manda robar las empresas”.
Esta publicación generó, inmediatamente, una serie de comentarios.
En la decisión judicial se lee:
“La exposición en Facebook de la imagen de la señora acompañada de la afirmación que realiza sobre su calidad de “ladrona”, indudablemente escapa a cualquier escenario subjetivo o de opinión y, por lo contrario, refiere una acusación de una situación fáctica concreta relacionada con la comisión de un delito, pero sin que en ello se haya demostrado como cierto”.
Fuente: El Espectador