EnglishPor unanimidad, el Senado de República Dominicana aprobó la noche de este miércoles la ley de régimen especial para las personas nacidas en el territorio de República Dominicana inscritas irregularmente en el registro civil, y que toca la materia de naturalización. La ley surge 10 meses después de la resolución del Tribunal Constitucional (TC/0168/13) que privaba de la nacionalidad dominicana a los hijos de inmigrantes sin documentación que habían nacido en el territorio del país.
La ley asegura en su preámbulo que no es su intención emitir un juicio en contra de la sentencia del Tribunal Constitucional, sino reconocer el vacío legal y el error del Estado dominicano (desde 1929), y ofrecer una situación de estabilidad y regularización a las personas que fueron inscritas en el registro civil por padres indocumentados y a aquéllos que nunca fueron registrados.
La sentencia 0168/13 surgió en septiembre del año pasado cuando a Juliana Deguis, una dominicana de padres haitianos de 29 años, le fue negada la cédula de identidad. Al llevar el asunto a tribunales la sentencia dictó: “Cuando los extranjeros se encuentran en situación migratoria irregular, violando las leyes nacionales, no podrán invocar que sus hijos nacidos en el país tienen derecho a obtener la nacionalidad dominicana, en vista de que resulta jurídicamente inadmisible fundar el nacimiento de un derecho a partir de una situación ilícita de hecho”.
Dicha conclusión se basó en la Constitución de 2010 que preveía un cambio en la política del país al respecto, ya que eliminó la nacionalidad automática que existía a partir de 1929.
El caso de Deguis destapó la situación de cientos de miles de hijos de haitianos que nacieron en el país y que siempre se pensaron dominicanos. Organismos internacionales de Derechos Humanos (como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos) manifestaron entonces su preocupación porque la medida violaría las convenciones para prevenir y reducir los casos de apatridia (1954 y 1961) y dejaría sin garantía de derechos a cientos de miles de personas.
Miles de niñas/os dominicanos/as, hijos/as de inmigrantes, están en riesgo de convertirse en apátridas. #EsoNoSeHace pic.twitter.com/FuzVRl41wL
— Visión Mundial RD (@visionmundialrd) October 23, 2013
William Charpentier, coordinador de la Mesa Nacional para las Migraciones y Refugiados (MENAMIR) —una coalición de 37 ONG— y presidente de la Fundación Étnica Integral, considera que la violación de derechos inicial de este caso provino de la Junta Electoral al aplicar los preceptos de la Constitución de 2010 en personas que habían nacido a partir de 1929. “Se olvidaron del artículo 18 de la Constitución que dice que serán nacionales todos aquellos que tengan la nacionalidad antes de la entrada en vigencia de la carta magna. Antes de 2010, todos los nacidos en el país eran dominicanos”, explicó en declaraciones a PanAm Post.
De dominicanos a extranjeros
En 2007 comenzaron los casos de exclusión, según relata Charpentier, cuando la Junta Electoral comunicó por circular a todos los circuitos que se dejarían de entregar copias de documentos a las personas con apellidos extranjeros o cuyos padres no hubiesen tenido documentos legales cuando los inscribieron. “Para casarse o inscribirse en la universidad, todas estas personas quedaron sin respaldo alguno, a pesar de que nacieron en nuestro país y su documentación estaba aquí”, explica el activista.
La promulgación de una nueva ley sobre la materia es para Charpentier el comienzo del fin de un proceso que inició en 2007, cuando comenzaron a introducir casos para la defensa de los derechos de esta población.
La ley beneficiará a personas que a pesar del vacío legal fueron inscritas en el registro civil y poseían cédula de identidad, así como aquellos que también nacieron en el país pero no fueron registrados o no tenían una cédula. Para ello, se pidió a la Junta Electoral que registre las actas de nacimiento de las personas y que se les emita un documento de identidad (con el mismo número para quienes ya lo tenían).
Sin embargo, de dominicanos (como se creían) deben pasar a ser extranjeros, para dos años más tarde poder acceder a su nacionalidad dominicana legal por naturalización. La ley prevé que después del primer paso (el registro), los ciudadanos deberán inscribirse en los libros de extranjeros como lo contempla la ley de migración, y tras dos años viviendo con algún estatus migratorio legal podrán acceder a la nacionalidad dominicana.
El día de ayer, el presidente del Colegio de Abogados de República Dominicana, Diego José García, dijo que esta ley recoge los aspectos más importantes para solucionar el problema migratorio existente en República Dominicana y busca una salida armónica y justa para los extranjeros que viven ilegalmente en el país, ya que también acepta la fecha de nacimiento de los hijos como evidencia para comprobar el tiempo de estancia en el país por parte de los padres.
Charpentier la reconoce también como un logro, pero con sabor a decepción. “Gran parte de la comunidad estaba esperando que se reconociera de manera amplia la nacionalidad de quienes nacieron antes de 2010. Pero de todos modos vemos que es un triunfo limitativo, parcial, así que estaremos dando seguimiento, reclamando el derecho que tiene la población y monitoreando el proceso que va a llevar la Junta Electoral en relación a los que ya están registrados”, explicó.
Asegura que lo correcto hubiese sido reconocer la nacionalidad dominicana a todos aquéllos que tenían ese derecho antes de la Constitución de 2010 y pasaron a ser extranjeros en su propio país.