La secretaría de Hacienda y Crédito Público ha anunciado que facilitará el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) tanto a empresas y personas físicas como morales, que se encuentran en los estados más afectados por el sismo que impactó a México el pasado jueves, estas entidades son Chiapas y Oaxaca, según informó el titular de esta dependencia federal, José Antonio Meade.
“Estos estímulos fiscales implican para el contribuyente facilidades en los pagos en el ISR, del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y de las cuotas del seguro social”, detalló Meade.
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El funcionario también aclaró que estos estímulos fiscales no representan un desembolso del gobierno federal, sino que es una prórroga que se da a los contribuyentes para cumplir con sus responsabilidades con el fisco, tales como el pago del ISR que corresponde a los meses de agosto a diciembre del presente año.
“Se dará el tiempo que sea necesario, no tenemos el monto de cuánto podría ser, pues es probable que existan más municipios afectados. El decreto contempla la posibilidad de que se incorporen más municipios que se vieran afectados”, dijo el secretario.
Según lo que la secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación, tanto a los patrones como otros sujetos obligados por la Ley del Seguro Social a cumplir con obligaciones fiscales “se autoriza el pago a plazos, ya sea en forma diferida o hasta en 12 parcialidades, sin que se generen recargos y actualizaciones de las cuotas causadas durante los meses de septiembre a diciembre de 2017, para que éstas sean cubiertas a partir del mes de enero de 2018”.
Se otorgarán diversos beneficios fiscales a los contribuyentes de las zonas afectadas por el reciente sismo. Info: https://t.co/NjvdaLP7N8
— Hacienda (@Hacienda_Mexico) September 11, 2017
También se permitirá deducir de forma inmediata las inversiones efectuadas en bienes de activo fijo que se realicen entre el 7 de septiembre del 2017 y el 31 de marzo del 2018 en Chiapas y Oaxaca.
Los contribuyentes que sean beneficiados con esta medida deberán enterar en tres parcialidades del pago definitivo del IVA a su cargo correspondiente a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2017.
Fuente: El Economista