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Portada » La ley Magnitsky, una carta de EEUU contra el régimen cubano y sus abusos a los DDHH

La ley Magnitsky, una carta de EEUU contra el régimen cubano y sus abusos a los DDHH

A título general, dicha legislación autoriza al presidente de EEUU a imponer sanciones económicas y negar la entrada al país a cualquier extranjero identificada como participante en violaciones de los DDHH

Corina Cortés Corina Cortés
18 enero, 2021

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La Ley Global Magnitsky autoriza al presidente de Estados Unidos a imponer sanciones económicas (Archivo)
Se prohíbe que las personas estadounidenses realicen transacciones con extranjeros que el presidente considere responsable de ejecuciones extrajudiciales o torturas (Archivo)

Esta semana varias agencias de noticias hablaron acerca de que Estados Unidos ha sancionado al ministro del Interior de Cuba por graves abusos a los derechos humanos.  basado en la Ley Magnitsky. La política exterior norteamericana suele caracterizarse por medidas sancionatorias y también porque se enfoca muy especialmente en identificar y tratar de contener cualquier acción que represente una violación de la paz y la seguridad internacional.

Si bien, con la entrada del siglo XXI, pareciera que Estados Unidos se enfoca más en identificar o trabajar para luchar contra el terrorismo, no ha dejado de tener en la mira a los países cuyos regímenes atentan contra las prácticas y políticas propias de respeto, reconocimiento, así como la promoción de los derechos humanos.

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Entre esos países se encuentra desde hace muchísimo tiempo la Isla de Cuba, Corea del Norte, Irán, Vietnam, recientemente Venezuela, entre otros. Ya es bien conocido lo que es una sanción y como funciona, pero resulta interesante conocer el origen de una ley que no solo es aplicada por la administración estadounidense. De hecho, la Unión Europea se inspiró en la denominada Ley Magnitsky para aprobar su propia legislación de sanciones internacionales.

¿Qué es la Ley Global Magnitsky?

A título general, la Ley Global Magnitsky  autoriza al presidente de Estados Unidos a imponer sanciones económicas y negar la entrada al país a cualquier extranjero identificado como participante en abuso a derechos humanos o corrupción. Debe su nombre a una ley anterior centrada en Rusia. Esta se llamó Ley sobre la Responsabilidad del Estado de Derecho Serguéi Magnitsky de 2012

Ahora, ¿quién era Serguéi Magnitsky? Pues, Magnitsky era un abogado fiscal y auditor en Rusia. El jurista estaba encargado de documentar y llevar un registro de asuntos relacionados con la evasión de impuestos, corrupción, fraude y delitos fiscales de personas asociadas al Gobierno de Rusia.

Encarcelamiento y muerte de Magnitsky

Magnitsky fue arrestado en noviembre de 2008 supuestamente por evasión fiscal. Estuvo detenido por 11 meses, tiempo en el cual no tuvo derecho a un juicio. De acuerdo con información aportada por diversos medios de comunicación durante el tiempo que estuvo detenido no se le permitió visita de su familia, se le negó atención médica, a pesar de haber desarrollado cálculos biliares, al igual que una pancreatitis. También fue golpeado y torturado. Falleció en el año 2009 en prisión.

Con ocasión de esto, el Congreso norteamericano aprobó lo que posteriormente se conocería como la Serguéi Magnitsky Act con el objetivo de exigir al presidente que identificase a la (s) persona (s) involucradas en la detención, abuso o muerte de Magnitsky, subsiguiente encubrimiento y las graves violaciones de derechos humanos contra personas en Rusia.

Los responsables estarán sujetos al bloqueo de activos bajo jurisdicción de Estados Unidos. A su vez, tendrán prohibida cualquier transacción en el país y se le negará la entrada la nación norteamericana. Posteriormente, se decidió hacer esta Acta de carácter Global y en el año 2012 se autorizará al presidente a denegar la entrada a Estados Unidos, revocar cualquier visa, y bloquear la propiedad bajo la jurisdicción estadounidense.

En este mismo orden, se prohíbe que las personas estadounidenses realicen transacciones con cualquier persona extranjera (individuo o entidad) que el presidente considere que sea responsable de ejecuciones extrajudiciales, torturas u otras graves violaciones de derechos humanos reconocidos internacionalmente contra cualquier persona responsable de exponer actividades ilegales de funcionarios gubernamentales o quien represente, promueva y luche por los derechos humanos, al igual que las libertades.

También podrá ejercer acciones contra cualquier funcionario de un gobierno extranjero que sea responsable por actos de corrupción, cómplice en la ejecución de esos actos de corrupción o que facilite acciones violatorias de los derechos humanos como es expropiación de bienes públicos o privados para fines personales, sobornos, extracción de recursos o ganancias mal habidas.

De igual forma, es el Presidente quien autoriza e implementa las sanciones y también será el encargado de levantar esas sanciones cuando lo considere pertinente. Sin embargo, para ello ha de cumplirse una serie de condiciones. Entre los más importantes requisitos está que se demuestre que el sancionado no ha incurrido en esos actos, que haya sido procesado y sentenciado por sus actuaciones, que pague una indemnización y también que se compruebe el cese en sus actividades, con el compromiso de no volver a involucrarse en ellas.

Con la sanción aplicada al Ministro del Interior cubano se termina de recrudecer la política de Estados Unidos dificultando aún más una normalización o un cambio en la dinámica de relaciones cuando este 20 de enero Joe Biden asuma la Presidencia.

El argumento esgrimido es que el ministro del Interior de Cuba, Lázaro Alberto Álvarez Casas, es quien controla la policía, las fuerzas de seguridad interna y el sistema penitenciario de la isla y además cuenta con fuerzas especiales que monitorean la actividad política de la isla.

Además, se le considera responsable por la grave violación de los Derechos Humanos que constantemente se suceden en el territorio.

Sin embargo, esto es un punto de gran importancia por su impacto continental especialmente si tomamos en cuenta que este 16 de enero se reunió la vicepresidente del régimen de Maduro, Delcy Rodríguez, con el presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel Bermúdez, así como con otros dirigentes de la isla, a fin de crear un llamado «Observatorio Binacional contra medidas coercitivas y unilaterales de Estados Unidos».

Con ese propósito, también se discutió el tema de la Ley Antibloqueo, que se conforma de supuestas herramientas jurídicas para contrarrestar, mitigar y reducir, de manera efectiva, urgente y necesaria, los efectos  generados por la imposición de medidas de EE.UU.

Por lo tanto, no es de extrañar que se den respuestas importantes y actos de retaliación mutua y es que los puntos que se discutieron en realidad no fueron mostrados y se cuenta con muy poca información en cuanto al tema.

A pocos días de saber hacia donde se dirigirá el continente con la nueva administración norteamericana y con esta carrera contra la realidad geopolítica no queda otra opción que no bajar la guardia y entender que, la Ley Global Magnitsky es una referente que debe permanecer, que sí ha servido de inspiración por otras naciones es porque realmente resulta efectiva y que el hecho de que exista resulta lamentable porque significa que los Derechos Humanos aun están escrito sobre arena.

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Corina Cortés

Corina Cortés Oliveros es abogado con estudios en Derecho Internacional, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Docente Universitaria, Investigadora y Conferencista Internacional.

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