EnglishLos distintos Gobiernos de América Latina están desde hace algunos meses tomando decisiones regulatorias con respecto a Bitcoin y el resto de las criptomonedas. Ecuador aprobó el 24 de julio pasado, con mayoría parlamentaria, el Código Monetario y Financiero que además de contemplar una moneda digital estatal, prohíbe la emisión o reproducción de cualquier otra moneda, digital o física.
Un grupo de jóvenes identificados en las redes sociales como BitcoinsEcuador decidieron buscar nuevas oportunidades de negocios con Bitcoin. Compraron vía Internet un cajero automático (por US$5.000) para que a través del servicio de billetera digital, las personas retiraran de su cuenta virtual denominada en bitcoins el equivalente en dólares en efectivo.
Sin embargo, el Gobierno ecuatoriano les ha pedido que se abstengan de implementar el negocio por no trabajar con una moneda “permitida” en Ecuador.
El grupo de bitcoiners expresó a PanAm Post: “Nosotros decidimos no seguir especulando y decidimos escribir tres cartas dirigidas al Banco Central de Ecuador (BCE), a la Superintendencia de Bancos y Seguros y al Servico de Rentas Internas comentando cuál es el negocio que queríamos implementar. Hemos tenido respuesta de dos entidades, en donde nos sugieren de abstenernos de realizar esta actividad o que la realicemos fuera de la República de Ecuador”.
Aseguran que la compra del cajero no fue fácil. “El proceso duró alrededor de tres meses e implicó un costo [adicional] de US$1.300, incluida la liquidación en Aduanas de Ecuador (AD-Valoren, FODINFA, IVA), el registro del BCE, y pagos a la empresa privada FedEx”, manifestaron.
Gustavo Solórzano Andrade, Gerente General del Banco Central de Ecuador, expresó en la conclusión del documento de respuesta que “de acuerdo con lo que establece la Ley, la única moneda de curso legal en el Ecuador es el Dólar de los Estados Unidos de América, la misma que se utiliza en todas las operaciones económicas a través de los medios de pago autorizados por el Banco Central el Ecuador”.
Indicó además que “en este contexto, si algún ciudadano ecuatoriano quiere realizar inversiones en bitcoins o en otra moneda criptográfica será una decisión personal e individual y lo tendrá que realizar fuera del territorio ecuatoriano”.
Por su parte, la Superintendencia de Bancos y Seguros se dio por notificada en otra carta y respondió al pedido de colocación de una máquina expendedora en Quito, Ecuador.
El superintendente Pedro Solines Chacón sostuvo que “dado que esta criptomoneda no tiene un órgano que la regule y supervise, y que además la actividad de comercio y uso de esta moneda virtual, Bitcoin, según la FATF (Financial Action Task Force), expone significativamente al riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, dispongo que se abstengan de realizar cualquier actividad en criptodivisas mientras no cuenten con autorización de los organismos de control correspondientes, estos son Superintendencia de Compañías y BCE“.
Solines Chacón se basó para emitir ese juicio, entre otros argumentos, en aquel expuesto por la presidente de la Reserva Federal de Estados Unidos, Janet Yellen, quien se había desvinculado de cualquier responsabilidad devenida de los bitcoins, puesto que no tienen “ningún control ni autoridad ni jurisdicción sobre ellos”.
Argentina, con mayor control desde el primero de agosto
El banco Santander y el banco Galicia en sus filiales argentinas han cerrado dos cuentas bancarias pertenecientes a Unisend, la primera empresa de exchange de bitcoins en este país. Se basaron en el artículo 792 del Código de Comercio argentino para tal medida.
Unisend emitió un comunicado ayer en el que explicaba que no ha sido informada de los motivos del cierre de esos dos productos bancarios y que desde hoy dejarán de aceptar depósitos y transferencias bancarias en las cuentas pertenecientes a estos bancos.
Según el mencionado artículo del Código de Comercio, un banco puede cerrar cualquier cuenta bancaria sin motivo alguno: “La cuenta corriente bancaria puede cerrarse cuando lo exija el banco o el cliente, previo aviso con 10 días de anticipación, salvo convención en contrario”.
Por su parte, Unisend expresó: “Consideramos esta medida es discriminatoria y arbitraria, ya que desde nuestra parte cumplimos con todos los requerimientos y regulaciones vigentes”.
Según advierte la empresa, el cierre de ambas cuentas se realizó con cinco días de diferencia y la notificación se hizo mediante la entrega de cartas documento por correo certificado.
Si bien advirtieron que no se podrán recibir más depósitos, aquellos que quieran seguir operando podrán hacerlo a través de otros medios de pago (utilizando sucursales de Pago Fácil, Rapi Pago, etc.). Además, explicaron desde la empresa que los depósitos y retiros de la criptomoneda no sufrirán ningún tipo de alteración.
La Unidad de Información Financiera (UIF) de Argentina había dispuesto a través de la resolución 300 publicada el 10 de julio que las entidades financieras deben reportar todas las transacciones realizadas con monedas virtuales con el objetivo de prevenir el delito de lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Según el artículo 4 de la resolución, las agencias de cambio, sociedades de bolsa, bancos y otras entidades financieras deben reportar todos los meses sus operaciones a partir del primero de agosto de 2014.
PanAm Post contactó a Unisend para verificar si el cierre de sus cuentas tenía que ver con la implementación de esta normativa hace unos pocos días, pero lo único que obtuvo como respuesta fue que están “investigando más a fondo el motivo”.
Unisend es la única agencia de cambio en Argentina que trabaja con cuentas bancarias.